El contrato menor en trabajos forestales
Cómo adjudicar un contrato menor de servicios o de obra forestal cumpliendo la Ley 9/2017: umbrales, documentación mínima, duración máxima y errores que provocan reparo de intervención.
Documento en preparación. Contenido pendiente de verificación y firma por técnico titulado de FORESA. Las citas legales marcadas VERIFICAR NORMA deben confirmarse contra el boletín oficial correspondiente antes de publicar.
Qué es un contrato menor
El contrato menor es la modalidad prevista en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, que permite adjudicar directamente contratos por debajo de ciertos umbrales sin licitación formal ni publicación previa de pliegos. Su finalidad es agilizar la contratación de actuaciones de escasa cuantía.
Umbrales vigentes
VERIFICAR NORMA Los umbrales establecidos en la Ley 9/2017 son:
- Contratos de servicios y suministros: valor estimado inferior a 15.000 €
- Contratos de obras: valor estimado inferior a 40.000 €
Los importes se refieren al valor estimado del contrato, sin IVA. La determinación de qué figura como obra y qué como servicio en trabajos forestales no siempre es evidente y conviene motivarla en el expediente.
Qué documentación exige el expediente
- Informe justificativo del órgano de contratación sobre la necesidad del contrato y sobre por qué no se altera el objeto para eludir umbrales
- Aprobación del gasto por el órgano competente, con cargo al ejercicio presupuestario
- Factura emitida por el adjudicatario, con los requisitos formales del RD 1619/2012
Para contratos de obras se añaden habitualmente el presupuesto y, si procede, el proyecto o memoria técnica.
Duración máxima
El contrato menor tiene una duración máxima de un año y no puede prorrogarse. No cabe encadenar contratos menores sucesivos con el mismo adjudicatario y el mismo objeto para eludir el umbral.
Qué NO se puede hacer
El fraccionamiento del objeto del contrato para eludir la aplicación de las normas de publicidad o los umbrales del contrato menor está expresamente prohibido por el artículo 99.2 de la Ley 9/2017. Es una de las principales causas de reparo de intervención.
- No dividir un mismo proyecto en varios contratos menores
- No adjudicar sucesivamente al mismo proveedor prestaciones de la misma naturaleza
- No contratar como servicio lo que técnicamente es una obra por debajo de 40.000 €
Cómo elegir proveedor y cómo justificar la elección
La Ley 9/2017 no exige pedir varias ofertas en el contrato menor, pero:
- Solicitar al menos tres presupuestos es una buena práctica que refuerza la motivación de la elección y protege ante fiscalización
- La elección debe basarse en criterios objetivos: precio, plazo, adecuación técnica, capacidad demostrada
- Conviene documentar en el expediente la comparativa de ofertas y las razones de la elección
Qué pedir a la empresa antes de adjudicar
- Certificaciones vigentes (ISO 9001, 14001, 45001 son las habituales en trabajos forestales)
- Relación de obra similar ejecutada
- Adscripción de medios personales y materiales
- Póliza de responsabilidad civil
- Certificado de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
Nota práctica: aunque el contrato menor no exige acreditar solvencia formal, disponer de esta documentación protege al órgano de contratación frente a un incumplimiento del adjudicatario. Es documentación que cualquier empresa seria puede aportar en 24-48 horas.
